Al momento en que se hace entrega material del inmueble, existirá probablemente un saldo pendiente por pagar en los servicios básicos que acceden a la propiedad, ante lo cual, se aconseja se solicite al propietario o bien al administrador que puede ser un corredor de propiedades, que vaya a la vivienda y tome una fotografía o bien anote el número de consumo que aparece en el respectivo medidor, a efectos de ir a las compañías de agua, luz y gas, según corresponda, y con ese antecedente y la dirección se pague lo que se adeude hasta ese día. Igual procedimiento se sugiere se aplique al momento en que se termine la vigencia del contrato de arriendo.
También, al momento de la firma del contrato de arriendo, el propietario deberá tener a la vista los comprobantes de los pagos de servicios básicos domiciliarios, y de los gastos comunes, por cuanto, en la práctica se ha producido que, al momento de arrendar, el nuevo arrendatario se encuentra con la sorpresa que existen deudas por estos conceptos.
Salvador Makluf Freig
Cofundador de GlobalBrokers
El Abogado Inmobiliario