Ventas de viviendas nuevas crecen un 89% en marzo y confirman reactivación de mercado en el primer trimestre del año

Ventas de viviendas nuevas crecen un 89% en marzo y confirman reactivación de mercado en el primer trimestre del año
Según informe, en marzo se comercializaron 3.060 unidades en la Región Metropolitana, de las cuales 2.311 corresponden a departamentos y 749 a casas, registrando un crecimiento en ventas de 58% durante el primer trimestre del año.

Un 89% crecieron las ventas de propiedades nuevas en marzo, en relación con el mismo período de 2020. Se registraron 3.060 unidades vendidas en el Gran Santiago –2.311 departamentos y 749 casas-. Estas cifras, además, demuestran un incremento en el ritmo de comercialización, representando un aumento de un 14% sobre su promedio histórico de venta mensual de la última década.

Estos números llevaron al mercado inmobiliario a cerrar el periodo enero-marzo con 8.676 unidades vendidas, registrando un incremento de 58% respecto al mismo periodo del año anterior. “Las cifras del primer trimestre confirman la tendencia de crecimiento observada en los meses previos y reafirman una importante recuperación del mercado. Esto se debe a una combinación virtuosa de factores, entre ellas mejores perspectivas económicas, tasas hipotecarias comparables a los niveles previos al estallido social, y diversas campañas de activación de demanda por parte de la inmobiliarias que están dando muy buen resultado".

Por su parte, en marzo se duplicaron las ventas en el mercado de departamentos, en comparación al mismo mes del 2020, registrando un crecimiento de 101,7%, concentrando su comercialización durante el IT en las comunas de Ñuñoa (16%), Santiago (12%), La Florida (12%) y La Cisterna (8%). El mercado de casas, en tanto, las ventas alcanzaron un incremento de 58,4% en marzo, donde su venta en el primer trimestre se concentró en las comunas de Lampa (17%), Buin (13%), Colina (12%), y Padre Hurtado (11%), las que representan un 53% de lo comercializado durante este periodo.

Al finalizar el primer trimestre, la oferta de viviendas en el Gran Santiago alcanzó las 63.865 unidades, disminuyendo -1,7% respecto de 2020. En particular, corresponde a 57.766 departamentos y 6.009 casas. "Esta caída se explica producto del alto ritmo de comercialización de estos últimos meses, por sobre la entrada de nuevos proyectos. En cuanto a la composición de la oferta por estado de obra, la oferta en blanco alcanza 9% en casas -evidenciando una caída en el stock, producto del inicio de obras-, y 8% en departamentos, aumentando un punto porcentual respecto a su promedio histórico, debido a la entrada de nuevos proyectos. La oferta en verde llega a un 67% en casas y 76% en departamentos, mientras la oferta en entrega inmediata es de un 24% y 16% respectivamente".

En cuanto al precio de casas, el primer trimestre mostró un crecimiento promedio respecto al 2020 de 8,2%, impulsado por las comunas de Colina (29,6%), San Bernardo (25,3%), La Florida (12%), Huechuraba (11%) y Buin (9,2%). El mercado de departamentos por su parte, evidenció un aumento anual de 2,7%, destacando La Florida (9%), Independencia (8,5%) y San Miguel (7,1%).

 

Fuente de Información: https://www.elmostrador.cl/


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Jóvenes Apuestan por Invertir en Propiedades en Medio de la Pandemia

Jóvenes Apuestan por Invertir en Propiedades en Medio de la Pandemia

Durante el 2020, el rango etario que compró más propiedades para inversión fue el que va desde los 27-40 años, con casi un 80% del total, seguido por el de 40-60 años, con un 15%, y el de mayores de 60 años, con 5%, según un estudio realizado en la Región Metropolitana por la empresa de inversiones inmobiliarias Tricapitals.

El análisis determinó además que el 27,7% de las personas que invirtieron en propiedades lo hizo en Ñuñoa; 18,8% en La Cisterna;16,9% en Santiago, y 15,2% en Independencia. Otro aspecto importante es que de todas las unidades vendidas solo un 4,7% fue para vivienda del comprador y un 95,3% destinada al arriendo.

Benjamín Reichhardt, gerente comercial de Tricapitals, señala que, si bien el año pasado fue muy complejo en materia económica, sorprende que cada vez haya más jóvenes dispuestos a invertir en un departamento. ‘Son profesionales jóvenes que tienen una renta líquida de al menos $1.115.625 mensuales, lo que les permite poder ahorrar para invertir en un inmueble’.

A su juicio, existen dos razones para que realicen este tipo de inversiones. ‘Uno, es lo rentable que ha sido el mercado inmobiliario en el tiempo, principalmente en la Región Metropolitana, y que además siguen subiendo las propiedades, no solo en Santiago sino que también en regiones, e incluso los terrenos en diferentes lugares del país’.

El otro motivo es la baja inversión inicial que se necesita, ya que no es necesario contar con todo el capital para comprar, sino que basta con tener capacidad de ahorro para pagar el pie en las cuotas del proyecto y ser sujeto a crédito hipotecario. ‘Esto último, ha hecho que para los jóvenes sea atractivo, porque pueden destinar un porcentaje de su sueldo en este ‘ahorro obligatorio’, que luego se va a capitalizar en una propiedad que además se arrienda y, con la renta de este, pueden pagar el dividendo’, destaca.

Comunas

De acuerdo al estudio de Tricapitals, Ñuñoa, La Cisterna, Santiago e Independencia concitan el mayor interés de los jóvenes para invertir. Una de las razones es que estas comunas cambiarán sus planes reguladores durante el 2021, lo que generará que la oferta vaya disminuyendo. ‘Estas comunas dejarán de ser atractivas para las inmobiliarias, ya que los proyectos perderán porcentajes de rentabilidad, ante la obligación de hacer proyectos menos densos o con menor constructibilidad’, señala Reichhardt.

Ñuñoa ha tenido un aumento de demanda debido a que existe una buena calidad de vida así como de conectividad. La Cisterna, por su parte, ha evidenciado un alza porque se ha beneficiado de la alta demanda de departamentos en San Miguel. Esta última ha elevado tanto el precio de arriendo que muchas personas han optado por migrar a La Cisterna, en busca de una calidad de vida similar, pero a un precio más económico.

 

Fuente: El Mercurio


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Obligación de prevención de lavado o blanqueo de activos

Obligación de prevención de lavado o blanqueo de activos

Con fecha 26 de junio de 2008, se dictó la circular Nº 38 en virtud de lo establecido en el artículo 2º letra f) de la Ley Nº 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero, denominada en adelante e indistintamente UAF, impartiendo instrucciones en materia de prevención de lavado o blanqueo de activos, referida a personas naturales y jurídicas señaladas en el artículo 3º de la norma jurídica antes mencionada, que en la especie corresponde a los corredores de propiedades.

Por su parte, el SII, por Resolución Exenta Nº 64 del 30 de junio de 2005, impuso a los corredores de propiedades la obligación, bajo pena de multas, de presentar declaraciones juradas anuales sobre las operaciones de arrendamiento de bienes raíces no agrícolas en las que les ha tocado intervenir, con el objeto de prevenir evasiones tributarias.

Los corredores de propiedades, por la naturaleza de sus actividades, podrían llegar a ser utilizados por terceros, como medio para dar apariencia de legitimidad a activos provenientes de actividades ilícitas. Esta situación, además de quebrantar el orden legal, los expone a riesgos de reputación, operativos y jurídicos.

Debido a lo anterior y, atendida la necesidad de mejorar, perfeccionar y uniformar los mecanismos de prevención del lavado o blanqueo de activos de esta actividad y, en virtud de lo señalado en la letra f) del artículo 2º de la Ley Nº 19.913, se procede a dictar determinadas instrucciones que analizaremos a continuación, las que serán de carácter obligatorio para los corredores de propiedades.

Las presentes medidas que se instruyen, tienen como base fundamental las recomendaciones internacionales sobre la materia. Los corredores de propiedades deberán contar con un sistema de prevención de lavado o blanqueo de activos, basado en el concepto de conozca a su cliente, para lo cual deberán adoptar medidas que les permitan tener un adecuado conocimiento de ellos, de las actividades que desarrollan, de las características más relevantes de las operaciones que realizan y de los fundamentos en que éstas se apoyan.

Para estos efectos, se considerarán clientes, a todas las personas naturales o jurídicas con las cuales los corredores de propiedades establezcan o mantengan una relación contractual, como consecuencia de la prestación de un servicio ofrecido por estos en el marco de las actividades propias de su giro. Esta relación puede ser ocasional o habitual. Los principales componentes del sistema de prevención del delito de lavado o blanqueo de activos que los corredores de propiedades desarrollen, deberán constar en un manual, el cual, dará debida cuenta de las políticas y procedimientos a aplicar para evitar que se vean envueltos o sirvan de medio para la eventual comisión del referido delito.

Para el caso que el corredor de propiedades se encuentre frente a una operación sospechosa, éste deberá informar de inmediato a la UAF a efectos de que ello, recojan la información, y si la estiman de interés puedan comenzar una investigación, con el objeto de prevenir que, los intermediarios inmobiliarios puedan ser un instrumento para el desarrollo de operaciones ilícitas, como el blanqueo de capitales y del tráfico de drogas.

Mantente siempre alerta y cumple con las obligaciones legales.  Dormir tranquilo no tiene precio. 

 

Salvador Makluf Freig 
El Abogado Inmobiliario
Cofundador Globalbrokers.cl

 


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¿Se debe arrendar un inmueble sin tener la recepción final?

¿Se debe arrendar un inmueble sin tener la recepción final?

Un corredor inmobiliario, capacitado permanentemente y miembro de GlobalBrokers, debe tener a la vista una serie de conceptos y obligaciones que debe cumplir en su ejercicio profesional, entre las cuales, destacamos la de informar sobre el estado actual, tanto en su forma física, como en su forma legal, del inmueble que va a intermediar. 

De esta forma, tiene el deber de informar a sus clientes de las posibilidades de desarrollar en el inmueble a arrendar o vender, la actividad que se pretende, con objetividad y precisión, debiendo encontrarse en condición de acreditar la exactitud de los datos entregados con la documentación pertinente que lo respalde.

“El corredor y el agente inmobiliario deben, así mismo, estar en condición de demostrar la exactitud de la información que proporcionan mediante una documentación pertinente.

Este principio de verificación de información, debe ser respetado a lo largo de todo el proceso de venta, ya que, el corredor y el agente, son los únicos responsables de la información que transmiten”.

Si arrienda un bien raíz cuyo destino proyectado es la instalación de una oficina, o bien, de un local comercial, deberá obtener la información ante los organismos técnicos, tales como la Dirección de Obras Municipales o la Dirección de Rentas Municipales que corresponda, tanto de la posibilidad de ejercer ahí lo planificado, como también que la propiedad posea el certificado de recepción definitiva total o parcial de las obras, o bien, informar sobre la necesidad del cambio de destino de uso de suelo.

Nuestra Corte Suprema, en fallo de causa rol Nº 1078-2010, ha señalado que es obligación del propietario mantener la posesión tranquila del inmueble, cumplir con lo dispuesto en los artículos 116 y 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y realizar las gestiones pertinentes para concretar el objeto del arriendo.

Dichas normas señalan que ningún bien inmueble podrá ser ocupado o utilizado si no cuenta con la recepción definitiva de las obras otorgada por la Dirección de Obras Municipales, debiendo el corredor, al momento de captar ese inmueble obtener de la repartición pública señalada, o bien, de su cliente, este certificado antes de promocionar el inmueble. 

En los detalles siempre se va a marcar la diferencia de un corredor profesional, altamente capacitado que se va a convertir en un seguro al patrimonio de sus clientes. 

 

Salvador Makluf Freig 
El Abogado Inmobiliario
Cofundador Globalbrokers.cl
​​​​​​​salvador@makluf.cl 

 


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¿Qué son los “Loteos Brujos”?

 ¿Qué son los “Loteos Brujos”?

Hace algunas semanas, un reportaje emitido por el canal Mega, destapó una situación que cada vez está ocurriendo con más frecuencia, se trata de la venta de terrenos irregulares o como se les llama coloquialmente “loteos brujos”. Si hablamos de un concepto o definición a este fenómeno, básicamente lo podemos definir como “aquellas subdivisiones de terreno que no cuentan con un permiso provisorio o definitivo de la Municipalidad correspondiente”, además estos se caracterizan por no poseer delimitaciones claras de calles ni acceso a espacios públicos y servicios básicos. Esto atrae a empresas que, a sabiendas que estos terrenos no tienen todos los permisos para edificar y/o construir, celebran contratos de venta o cesiones de derechos a personas con el fin de lucrar, obtener ganancia y enriquecerse indebidamente.

 

¿Cómo opera esta forma de subdivisión?

Se trata de subdivisiones que se realizan fuera de los límites urbanos o fuera de los límites,  es  decir predios rústicos, inferiores a  5.000 mts2, que es la superficie predial mínima exigida por la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y el Decreto Ley N° 3.516 en su artículo 1°, que establece Los predios rústicos, esto es, los inmuebles de aptitud agrícola, ganadera o forestal ubicados fuera de los límites urbanos o fuera de los límites de los planes reguladores intercomunales de Santiago y Valparaíso y del plan regulador metropolitano de Concepción, podrán ser divididos libremente por sus propietarios siempre que los lotes resultantes tengan una superficie no inferior a 0,5 hectáreas físicas”. Debido a que solo se aplican para bienes rústicos, las subdivisiones se concretaban en sectores rurales de grandes ciudades como La Serena, puerto Montt o en el gran Santiago. Especuladores o inversores buscan lucrar al margen de la ley, buscando sectores con estas características, prometiendo a los compradores el sueño de la casa propia, en sectores alejados de la ciudad, prometiendo una vida “tranquila y cerca de la ciudad”. Una vez captados los compradores, celebran con ellos contratos de compraventa futura de derechos o promesas de compraventa, prometiéndoles que conforme vayan realizando las obras de edificación y construcción obtendrán los permisos y la regularización ante los organismos respectivos como Bienes Nacionales y la Dirección de Obras Municipales, permisos que jamás se obtienen, pero que, al mismo tiempo, exigían los pagos de las cuotas pactadas en el contrato.

 

¿Esta forma de constitución de loteos irregulares constituye delito?

El artículo 138 de la Ley General de Urbanismo y construcciones (LGUC) señala lo siguiente “Será sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo el propietario, loteador o urbanizador que realice cualquiera clase de actos o contratos que tengan por finalidad última o inmediata la transferencia del dominio, tales como ventas, promesas de venta, reservas de sitios, adjudicaciones en lote o constitución de comunidades o sociedades tendientes a la formación de nuevas poblaciones, en contravención a lo dispuesto en el presente párrafo” es decir, arriesgan una pena que va desde los 3 años y un día hasta los 10 años de presidio. Además, las Municipalidades, los Intendentes y Gobernadores y los Servicios Regionales o Metropolitano del Sector Vivienda estarán obligados a ejercitar las correspondientes acciones penales cuando tengan conocimiento de la comisión de alguno de estos delitos, tal como lo señala el artículo 139 de la misma Ley de Urbanismo.

 

¿Qué ha dicho la justicia sobre estas irregularidades?

La Serena: El 21 de noviembre de 2020, El Tribunal De Juicio Oral en Lo Penal de La Serena determinó 20 años y un día de presidio para Ximena Burdiles, 13 para Juan Manuel Miranda y 8 para Flavio Gómez, a lo que se suman multas de carácter económico (una de 30 y otra de 21 UTM), bajo el delito de estafa, en carácter de reiterados, en sus diversos grados de participación. Cabe señalar que esta sentencia fue el punto culmine de una extensa investigación por parte de la fiscalía que data del año 2013, donde bajo la figura de la sociedad Parcons Propiedades Limitada, realizaban estafas en los sectores rurales de las comunas de La Serena y Coquimbo como son los sectores de Pelicana, El Romero y Pan de Azúcar.

Chillán: Actualmente este caso está aún en tramitación. La Fiscalía de Chillán pide una pena de 14 años en contra de Mauricio Infantas Fernández y María de Los Ángeles Manzano Figueroa, por el delito de estafa reiterada por la venta de terrenos irregulares.

 

¿Qué puede hacer usted para evitar ser parte de esta situación?

Recomiendo tomar una actitud activa ante la opción de que te entreguen un terreno para la venta,  no hay que conformarse con lo que le digan sus supuestos dueños, cada contrato que usted firme, revisarlo exhaustivamente. También recomiendo estar pendiente del proceso de regularización del terreno o lote, concurrir a Bienes Nacionales, Dirección de Obras Municipales y el Conservador de Bienes Raíces respectivo, exponer el caso y ver si dichos terrenos son aptos para la venta o si tienen alguna prohibición de venta.

 

Rodrigo Callejas Velásquez.

Abogado.

Asesoría legal minera e inmobiliaria.

Teléfono: +56 9 9473 4550

Correo: rcallejas9@gmail.com


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Cambio de paradigma en las Publicaciones de Propiedades

Cambio de paradigma en las Publicaciones de Propiedades

El 93% de los estadounidenses toman la decisión de compra a través de Google o bien de Amazon. Sobre todo, les influencia los comentarios de otros usuarios que han adquirido ese bien o servicio que buscan, para conocer la experiencia que han tenido, la calidad del producto y el tiempo estimado de entrega. Sin duda hoy, el comercio y la huella digital de los bienes y las empresas es fundamental para tener éxito. 

Si eres un corredor de propiedades, es importante que tus potenciales clientes sepan que estas en una capacitación constante, que has estudiado con los mejores, y que tienes las herramientas necesarias para cumplir de forma profesional y proba su encargo. 

Ahora, pensemos que un usuario quiere buscar una propiedad para comprar, y que, al colocar en el buscador de Internet Google, por ejemplo: “Casa 100M2 en condominio en Santiago”, aparecen 393.00 resultados [Este es un caso real que puedes comprobar] La pregunta del millón es: ¿Cómo vas a destacar tu publicación entre los cientos de miles, si eres un corredor de propiedades? No creo que tu posible cliente vaya a revisar todas esas publicaciones, se tardaría un año. 

¿Vas a pagar a un portal para ese mismo sitio te publique a su vez en 30 portales diferentes? ¿Vas a hacer crecer la cantidad de publicaciones para destacar entre un millón de posibilidades? Son buena preguntas que espero contestar a continuación. 

Para destacar en el mundo de Internet tienes que hacer cosas distintas. Ya decía Albert Einstein que, la locura es esperar los mismos resultados, realizando las mismas acciones. Por ello, cuando promociones una propiedad en GlobalBrokers, cientos y miles de corredores de propiedades de Chile y el Mundo tendrán acceso a esa información, y, son ellos, quienes conocen a los clientes que tienen determinados requerimientos, la plusvalía de los sectores y cómo se debe trabajar; podrás hacer canje, cerrar negocios en menos tiempo y tener clientes felices. Contrata y busca a los mejores en GlobalBrokers. Yo prefiero promocionar en una plataforma de negocios para hacer canje y publicar necesidades inmobiliarias, que publicar en 30 portales distintos. Recuerda una de las leyes de Parkinson, a mayor cantidad de opciones, la decisión se ralentiza o bien, nunca se toma.  

También en nuestra plataforma podrás buscar por Región a los corredores de propiedades que se ajusten a lo que necesitas, donde aparecerán sus estudios, su formación, sus propiedades y la forma que tienen de trabajar. Hoy los agentes inmobiliarios se han transformado en un seguro al patrimonio de las personas. Ahorra tiempo, que es más importante que el dinero y contrata a un profesional en GlobalBrokers y promociona tu carrera como corredor con los mejores. 

Si quieres resultados distintos, te invito a ser parte de la Revolución Inmobiliaria a través de GlobalBrokers. 

 

Salvador Makluf Freig 

El Abogado Inmobiliario

Cofundador GlobalBrokers

 


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Master Class Gratuita de Corretaje de Propiedades por Salvador Makluf

Master Class Gratuita de Corretaje de Propiedades por Salvador Makluf

Construir una comunidad mundial de Brokers y Corredores de Propiedades es uno de los principales objetivos de GlobalBrokers, junto a la formalización de la industria inmobiliaria. Para ello, la capacitación constante de sus miembros será una clave fundamental. El conocimiento para dar una respuesta profesional y eficiente a nuestros clientes, nos permitirá atraer a más clientes.
Por ello, este jueves 15 de abril de 2021, a las 19:00 horas, Salvador Makluf – El Abogado Inmobiliario, dará una Master Class gratuita para todos los miembros de GlobalBrokers, a través de la plataforma Zoom, donde tratará sobre el Corretaje de Propiedades en tiempos de COVID 19. 
¿Cómo ha mutado la intermediación en Pandemia? ¿Cómo utilizar las nuevas tecnologías? ¿ Cuáles son los Perfiles de los clientes, arrendatarios y compradores actuales? ¿Cómo influirá la migración? Estas preguntas y mucha más serán respuestas en esta clase maestra.
Para acceder a ella, solo debes estar inscrito en www.globalbrokers.cl 
¡Te esperamos! 
 


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La Grafología en la Selección de Arrendatarios

La Grafología en la Selección de Arrendatarios

En las entrevistas de trabajo, los empleadores y los psicólogos ocupacionales, realizan ejercicios en donde la forma en que tenemos que escribir determinados pasajes, pueden determinar las características del postulante. 

 

Se entiende que la escritura, es una forma de enunciar el interior, el alma y el espíritu de los seres humanos. “Todos nosotros diferimos en nuestra capacidad para expresar nuestros pensamientos y sentimientos. La constitución física, el temperamento o toda estructura endocrina, como así mismo, por supuesto, nuestra educación, determinan nuestras modalidades de expresión. […] Algunas formas de escribir resultan muchas más significativas que otras. Pero por extraño que parezca, y como puede observarse en las reacciones de su vida cotidiana, la riqueza o pobreza expresiva de un individuo no está siempre de acuerdo con su patrón real de conducta”. Por ello, la forma de expresión escrita es un solo un elemento a considerar para efectos de evaluar la conducta de las personas; “no podemos juzgar una característica aislada y aplicarla de forma general a una personalidad considerada globalmente”. […] No cabe resolver sobre una base tan simple las contradicciones internas del organismo humano y la polaridad de una unidad tan sumamente compleja como la mente-cuerpo”. 

 

A través del estudio de determinadas técnicas y ciencias, “Las expresiones del rostro y los gestos pueden controlarse y entrenarse fácilmente, [sobre todo si tiene conocimientos de PNL y sicología], pero la forma de escribir revela irremisiblemente todas las combinaciones y contradicciones de nuestras actividades mentales”. 

 

Quién sabe si en el futuro esta forma de interpretar el interior de los seres humanos, se aplicará, tal como se hace hoy en el mundo laboral, para la selección de arrendatarios. Aquí también sólo deseo dejarles la inquietud que los transforme en promotores y creadores de su propia forma de seleccionar a sus arrendatarios. 

 

Este apartado de mi nuevo libro ¿Cómo elegir a tu arrendatario perfecto?, sin duda podremos aplicarlo en nuestra premisa como inversionistas.

 

Salvador Makluf Freig

El Abogado Inmobiliario

Cofundador GlobalBrokers

 


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¿Se pueden atrasar las inmobiliarias?

¿Se pueden atrasar las inmobiliarias?

A lo largo de esta pandemia, ha crecido significativamente las demandas y reclamos en contra de inmobiliarias y empresas constructoras. El sitio web www.reclamos.cl  ha desglosado los reclamos contra estas empresas, de los cuales, las principales quejas han sido problemas con post venta, deficiencias en los inmuebles,  desperfectos de interiores,  no devolución de reserva, entre otros. Ahora, me quiero detener en uno de los grandes reclamos, que es el atraso en las entregas de las propiedades, causal de gran importancia, para todo quien quiere cumplir el sueño de la casa propia, que con mucho esfuerzo sagradamente cumple con las cuotas de pago pactadas y que por causas ajenas a ellos se ven privados de este tan anhelado deseo.

Ahora la pregunta que uno se tiene que hacer es ¿Por qué se están atrasando las inmobiliarias y empresas constructoras en las entregas?, básicamente por la pandemia, señalan que, por los protocolos de salud y las restricciones impartidas por la autoridad sanitarias, han reducido los trabajos de construcción, aumentando los costos y dificultando las entregas. A todo esto, se suma, el hecho de haber una escasez a nivel nacional de la madera, perjudicando al rubro inmobiliario de casa pre-fabricadas, rubro que por lo demás ha tenido un gran auge en los últimos años.

¿Esta pandemia, a nivel legal, exime de responsabilidad a las empresas inmobiliarias? 

En un primer término si, pues, jurídicamente hablando, esta pandemia al generar cuarentenas obligatorias, se enmarcaría en lo que se llama “caso fortuito o fuerza mayor”, es decir un imprevisto insuperable ajeno a la voluntad de las partes. Las inmobiliarias al verse superadas por este acto de autoridad, como es, una orden de cuarentena o restricción de desplazamiento, impiden en poder hacer obras o entregar definitivamente la propiedad en cuestión.

Pese a todo, el comprador sigue obligado a pagar las cuotas pactadas, sobretodo, si este pago se hizo por medio de un mutuo hipotecario (principal forma de financiamiento para comprar una propiedad), pues, no existe relación entre el banco y la inmobiliaria, ambos son contratos independientes, y la obligación de pago por parte del comprador y deudor del banco, no está supeditado a la entrega del inmueble. Es decir, por un lado, la inmobiliaria no está obligada a entregar la propiedad en las fechas establecidas, pero por otro, el comprador si debe pagar mes a mes las cuotas señaladas en el contrato.

Ante esto ¿Qué puede hacer el comprador? 

Básicamente, podría ejercer acciones judiciales en contra de la inmobiliaria. Recomiendo revisar en sus contratos de promesa de compraventa la “cláusula penal”, esto es, el acuerdo en que, ante cualquier incumplimiento de una de las partes de las obligaciones generadas en el contrato (inmobiliaria entregar la propiedad en las fechas pactadas y el comprador pagar las cuotas pactadas) se pagará una indemnización por este incumplimiento. Recomiendo revisar tanto esta cláusula, como los requisitos para poder hacerla valer.

También puede ejercer acciones civiles sobre incumplimiento de contrato, señalar por intermedio de la justicia que la empresa inmobiliaria no cumplió con las obligaciones señaladas en el contrato mientras que uno si las cumplió. 

¿Tendré éxito a nivel judicial sabiendo que la inmobiliaria alegará caso fortuito o fuerza mayor?

 Es incierto, pues, si bien, el caso fortuito o fuerza se puede alegar, es algo interpretable, que quedará a criterio de los tribunales de justicia el ver si procede o no, pues, una pandemia como tal, no está regulado en nuestra legislación como causal eximente de responsabilidad. El Artículo 45 del Código Civil define el caso fortuito como “el imprevisto que no es posible de resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.” En la cual, esta pandemia se encuadraría dentro de los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público (orden de cuarentena, restricciones vehiculares, estado de catástrofe señalados por el ejecutivo, por poner algunos ejemplos) pero que el mismo Código señala casos en donde no procede aplicar este caso fortuito. Así señala el artículo 1547 en que “si el deudor está en mora de cumplir su obligación (es decir, si se ha retardado en el cumplimiento), el caso fortuito no lo exime de responsabilidad; o que el caso fortuito haya sobrevenido por culpa del deudor. Todas estas circunstancias pueden hacer que la pandemia no sea excusa para cumplir con la obligación pactada. Se recomienda asesorar con un abogado, analizar el caso concreto y ver si es recomendable ejercer acciones judiciales contra la inmobiliaria.

En síntesis, no podemos desconocer que esta pandemia ha afectado diversos sectores económicos de nuestro país, y el rubro inmobiliario no es una excepción, pero no en todos los casos es causal para eximir de obligaciones contractuales. Usted tiene derechos, puede hacerlos valer, más aún cuando se trata sobre el bien más preciado que tiene el ser humano como es la casa propia.

 

Rodrigo Callejas Velásquez.

Abogado.

Asesoría legal minera e inmobiliaria.

Teléfono: +56 9 9473 4500

Correo: rcallejas9@gmail.com


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¿Por qué ya no deberás captar propiedades?

¿Por qué ya no deberás captar propiedades?

Cuando decidimos crear GlobalBrokers junto a Ricardo Ziede y Álvaro Portugal, nos preguntamos la forma en qué podríamos ser un aporte para el mercado de los brokers y corredores de propiedades, en el afán de agilizar los negocios inmobiliarios, reducir los tiempos y automatizar los procesos.

Si logras una venta en un menor tiempo, mediante un proceso autónomo, habrás fidelizado a esos clientes; y el que vendió, tendrá una nueva necesidad que tú deberás resolverle. En una sola venta pueden estar incluidos dos o tres negocios.

Por ello, esta plataforma de negocios para hacer negocios inmobiliarios, nos permite que, aun cuando no tengas ninguna propiedad en tu cartera, puedas vender y arrendar bienes raíces. Es una maravilla. Podrás postear tus requerimientos en la sección indicada para ello, o también, escribir en nuestra Red Social, sobre la necesidad inmobiliaria de un cliente, y buscar dentro de la plataforma los inmuebles que cumplan con las características necesarias. En caso de no existir, nuestro software guardará esa selección y te avisará cuando se ingrese una propiedad como la que buscas.

Es más importante tener un cliente con capacidad de crédito aprobada o preaprobada que un inmueble. Si tienes una persona con dinero en la mano, a través de GlobalBrokers, podrás hacer canje inmobiliario con otros colegas y cerrar un negocio, así de fácil.

¡Bienvenidos a la revolución Inmobiliaria!

Salvador Makluf Freig
El Abogado Inmobiliario
Cofundador GlobalBrokers.cl


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